Falleció el Indio Solari: murió una de las figuras más influyentes de la historia del rock nacional
El Gobierno reglamentó la Ley de Emergencia en Discapacidad tras un fallo judicial
La medida se formalizó a través del Decreto 84/2026, publicado a horas del vencimiento del plazo fijado por la Justicia.
El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad, aprobada por el Congreso en julio de 2025, luego de un fallo judicial que ordenó su implementación inmediata. La decisión quedó formalizada mediante el Decreto 84/2026, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei.
La reglamentación se conoció en la antesala del vencimiento del plazo impuesto por la Justicia, que había fijado como fecha límite este miércoles 4 de febrero para aplicar la norma. La sentencia fue dictada por el Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, que declaró inválido un decreto previo del Poder Ejecutivo que había suspendido la ejecución de la ley alegando falta de financiamiento.
Además de reglamentar la emergencia, el decreto fijó los procedimientos para la creación de un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad, uno de los ejes centrales de la norma sancionada por el Congreso.
Nuevo régimen y criterios de acceso
La reglamentación estableció los criterios de acceso, permanencia e incompatibilidades del nuevo beneficio denominado Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, así como los procedimientos administrativos para su otorgamiento y los mecanismos de control.
En los considerandos, el Gobierno sostuvo que el sistema deberá articular reglas de compatibilidad de ingresos y vincularse con políticas de inclusión laboral, con el objetivo de evitar superposiciones de beneficios y promover la autonomía de las personas con discapacidad.
Reorganización en Salud y auditorías
El decreto también dispuso una reorganización institucional, incorporando a la Secretaría Nacional de Discapacidad dentro del organigrama del Ministerio de Salud, centralizando allí el diseño y la ejecución de la política pública en la materia.
Asimismo, instruyó a esa secretaría a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para consensuar criterios de evaluación socioeconómica y a presentar un plan de auditorías periódicas en un plazo de 30 días. La norma habilita además a la autoridad de aplicación a dictar disposiciones aclaratorias y complementarias para asegurar la implementación del régimen.
Conversión automática de pensiones vigentes
Uno de los puntos clave del decreto es la conversión automática de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad, que pasarán a encuadrarse de oficio en el nuevo esquema previsto por la ley reglamentada.
Para ello, la autoridad de aplicación deberá identificar, relevar y verificar las condiciones de las prestaciones alcanzadas, con el fin de adecuarlas a los nuevos parámetros.
Las medidas adicionales que surjan del trabajo conjunto con el Consejo Federal de Discapacidad se instrumentarán mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con sus competencias y disponibilidad presupuestaria.
La reglamentación entró en vigencia el 3 de febrero de 2026, fecha de su dictado, dando cumplimiento formal a la orden judicial que exigía la puesta en marcha inmediata de la ley.
Comentarios
¡Sin comentarios aún!
Se el primero en comentar este artículo.
Deja tu comentario