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Los no residentes deberán contar con seguro o afrontar el costo de las prestaciones habituales en establecimientos sanitarios administrados por el Estado nacional. Las emergencias seguirán siendo atendidas sin restricciones. Qué alcance tiene la medida y qué ocurre en las provincias.

El Gobierno nacional avanza con un nuevo esquema para el acceso de extranjeros no residentes a determinadas prestaciones del sistema público de salud. La normativa establece que, fuera de las situaciones de emergencia, quienes no cuenten con residencia permanente deberán presentar un seguro de salud o afrontar previamente el costo de la atención cuando recurran a establecimientos administrados por el Estado nacional.

La medida tiene como antecedente directo el Decreto 366/2025, que modificó la Ley de Migraciones y estableció nuevas condiciones para el acceso sanitario de personas extranjeras. La norma dejó expresamente exceptuadas las emergencias: ninguna persona podrá ser privada o sufrir restricciones para recibir atención sanitaria por su situación migratoria o económica.

Otro punto central es la situación de los extranjeros con residencia permanente. En esos casos, la legislación mantiene el acceso al sistema público de salud en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos.

Sin embargo, el alcance de la disposición tiene un límite que resulta clave: no significa que todos los hospitales públicos del país comiencen automáticamente a cobrar a extranjeros. El Decreto 366/2025 se refiere específicamente a los establecimientos sanitarios administrados por el Estado nacional. Las provincias y municipios conservan sus propias competencias en materia sanitaria y pueden establecer regulaciones particulares.

De hecho, distintas jurisdicciones ya avanzaron con sistemas propios de recupero o cobro a pacientes extranjeros no residentes. En julio de 2026, el debate volvió a tomar fuerza a nivel nacional y el Ministerio de Salud comenzó a trabajar en un proyecto destinado a establecer un marco común para estas políticas.

En Entre Ríos, por lo tanto, la normativa nacional no implica por sí sola que los hospitales provinciales comiencen a cobrar a extranjeros. Cualquier modificación en ese sentido debería surgir de una decisión o normativa propia de la jurisdicción.

El debate vuelve así a poner en el centro una cuestión que atraviesa al sistema sanitario argentino: cómo garantizar la atención de emergencia para todas las personas y, al mismo tiempo, definir quién debe afrontar el costo de las prestaciones programadas cuando se trata de personas que no tienen residencia permanente en el país.

Autor: ggómez