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La gestión de Isa Castagnino dejó que transcurrieran apenas 30 días de licencia y permitió el regreso de Alfonso Azpeitía al Juzgado de Faltas, pese a que las medidas judiciales de protección dictadas tras una denuncia por violencia familiar tenían una vigencia de 90 días. No se cuestiona aquí una condena que no existe: se cuestiona una decisión política y administrativa del Ejecutivo.

El dato difícil de ignorar es la diferencia entre los plazos. La Justicia dispuso la exclusión del hogar, una prohibición de acercamiento de 200 metros y un botón antipánico durante 90 días. Frente a esa situación, la administración Castagnino acordó con el funcionario una licencia sin goce de haberes por solamente 30 días. Cumplido ese período, Azpeitía retomó sus funciones.

La pregunta política es inevitable: ¿por qué 30 días? ¿Qué evaluación hizo el Ejecutivo para considerar suficiente ese plazo? ¿Qué cambió después de un mes? Y, fundamentalmente, ¿por qué el criterio municipal tuvo un alcance sensiblemente menor que el de las medidas de protección dispuestas por la Justicia? Hasta el momento, no aparece públicamente una explicación política suficientemente clara que responda esos interrogantes.

El episodio también vuelve a poner bajo la lupa a una gestión que había impulsado la llegada de Azpeitía al Juzgado de Faltas. La oposición ya había cuestionado su designación y reclamado información institucional sobre la situación. Paralelo 32 informó que el Concejo no había recibido comunicación oficial sobre la denuncia ni sobre la licencia, mientras que el Juzgado continuó funcionando durante la ausencia del funcionario bajo la responsabilidad de su secretario.

Castagnino tenía una oportunidad para mostrar que sus discursos sobre políticas de género también se traducen en decisiones institucionales cuando el caso involucra a un funcionario de su propia estructura. En cambio, el resultado político es otro: pasaron 30 días y Azpeitía volvió al cargo. La denuncia deberá seguir su camino judicial, pero la decisión de la intendenta ya tiene otra dimensión: la ciudadanía tiene derecho a saber qué criterio utilizó su gobierno para determinar que 30 días eran suficientes.

Autor: ggómez