La sentencia sostuvo que los derechos de niños con discapacidad deben prevalecer frente a restricciones presupuestarias. El Gobierno podrá apelar la medida.
El juez federal de Campana, Adrián González Charvay, declaró inconstitucional el veto del presidente Javier Milei a la Ley 27.793 de Emergencia en Discapacidad, al hacer lugar parcialmente a una acción de amparo presentada por una familia con dos hijos menores con discapacidad.
En su resolución, el magistrado afirmó que “el derecho a la salud, educación y rehabilitación de niños con discapacidad debe prevalecer frente a restricciones presupuestarias”, subrayando la obligación del Estado de brindar una protección especial a personas en situación de múltiple vulnerabilidad.
El Ejecutivo había justificado el veto en el impacto fiscal de la norma, estimado en más de 7 billones de pesos en 2025 y cerca de 17 billones en 2026, sin financiamiento identificado. Sin embargo, González Charvay consideró que esa fundamentación era “aparente y falaz”, al desconocer mecanismos de reasignación presupuestaria y el trámite parlamentario regular.
Además, el juez recordó que la decisión presidencial contradice el artículo 75, inciso 23 de la Constitución Nacional y compromisos asumidos en tratados internacionales con jerarquía constitucional, como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Convención sobre los Derechos del Niño.
En el mismo sentido, rechazó que el “equilibrio fiscal innegociable” invocado por el Gobierno pueda imponerse sobre derechos fundamentales, al advertir que “una política pública no puede contradecir obligaciones constitucionales y convencionales”, especialmente cuando genera efectos regresivos en materia de derechos humanos.
La ley vetada había sido sancionada por el Congreso con el fin de fortalecer el Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad, un sector que agrupa a hogares, centros de día, transportistas y profesionales terapéuticos, que reclaman por la falta de actualización en los valores de las prestaciones.
